Preguntas frecuentes
Para poder pasar la ITV con las reformas que haya realizado o desee realizar en su vehículo debe presentar estos documentos:
· Informe de conformidad (visado por un laboratorio notificado en industria)
· Certificado de montaje de taller (procedente del taller que realiza las reformas)
· Proyecto técnico, en caso de ser necesario (visado por el colegio de ingenieros)
· Certificado de dirección final de obra, en caso de ser necesario (visado por el colegio de ingenieros)
Cuando nos proporcione unos simples datos referentes a la reforma y tengamos finalizada la documentación, nosotros nos encargaremos de proporcionarle el informe de conformidad, el proyecto técnico y el certificado de dirección final de obra (estos dos últimos documentos, en caso de ser necesario) mediante mensajería urgente a la dirección que usted desee.
Junto con esa documentación y el certificado de montaje del taller podrá pasar sin problemas su ITV, siempre con la garantía de que si surge algún problema contará con nuestra garantía de resolución mediando directamente con la ITV, o en el caso improbable de que no haya solución, reembolso del dinero en su cuenta.
Estos documentos se pueden consultar en el RD866/2010, el cual se puede consultar libremente en Internet. Se puede buscar especificando la reforma en concreto que se desee homologar, según el código de la misma (por ejemplo, el código asociado a una reforma de carrocería es el 8.52).
En un intervalo de entre 7 y 10 días naturales desde la recepción de todos los datos que le pidamos, tendrá su documentación en casa, y su vehículo estará listo para poder pasar la ITV satisfactoriamente.
No hay ningún problema en que su residencia se encuentre fuera de Madrid, ya que el proceso se suele realizar por medio de correo electrónico en la mayoría de los casos, salvo que el cliente desee lo contrario.
Su documentación se enviará por medio de mensajería urgente a cualquier parte de España, y podrá pasar la ITV en la estación que desee.
Salvo en muy contadas excepciones, cualquier pieza añadida, y que no esté incluida de serie en el modelo exacto de vuestro vehículo, deberá ser homologada para poder pasar la ITV y circular legalmente con ella.
Para poder circular con las piezas legalmente se deberá presentar en la inspección técnica de vehículos un proyecto de reforma, certificado de dirección final de obra, un informe de conformidad emitido por un laboratorio acreditado por el Ministerio de Industria, y un certificado de montaje del taller que instala las reformas.
Nosotros nos encargamos de proporcionarle los tres primeros documentos y un certificado de taller con los datos proporcionados a falta de firma y sello.
En general para cualquier reforma de carrocería nos debe aportar lo siguiente:
· Marca y referencia de cada pieza.
· Material de las piezas.
· Número y métrica de los tornillos que anclan las piezas al vehículo.
· Peso del vehículo con las nuevas piezas instaladas y con el 90% del depósito lleno.
· Fotos del vehículo y de los elementos instalados.
· Escaneado de ficha técnica y permiso de circulación.
· Datos del taller instalador.
· Datos de envío de documentos.
Se necesitará de homologación siempre que las piezas instaladas no sean recambios de las de serie.
Para poder circular con la nueva suspensión legalmente se deberá presentar en la inspección técnica de vehículos un proyecto de reforma, certificado de dirección final de obra, un informe de conformidad emitido por un laboratorio acreditado por el Ministerio de Industria, y un certificado de montaje del taller que instala las reformas.
Nosotros nos encargamos de proporcionarle los tres primeros documentos y un certificado de taller con los datos proporcionados a falta de firma y sello.
En general para cualquier reforma de suspensión compuesta por muelles y amortiguadores, nos debe aportar lo siguiente:
· Copia escaneada de la documentación TÜV de la suspensión, en caso de que la posea.
ó
· En caso contrario necesitaremos medidas de la suspensión tomadas una vez instalada en el propio vehículo, quitando la rueda y con el coche elevado; en concreto número de espiras, diámetro del alambre, diámetro exterior del muelle y longitud del muelle (longitud libre antes de instalar).
· Nueva altura del vehículo.
· Marca y referencia de cada pieza instalada (las referencia suelen venir grabadas en cada elemento de la suspensión).
· Fotos del vehículo y fotos en detalle de la suspensión instalada.
· Escaneado de ficha técnica y permiso de circulación.
· Datos del taller instalador.
· Datos de envío de documentos.
Deberá homologar sus neumáticos cuando NO sean equivalentes con los que aparecen en la ficha técnica de su vehículo, esto es:
· Cuando sean de un 3% a un 10% mayores o menores en diámetro que los que aparecen en ficha técnica.
· Cuando su índice de carga y/o código de velocidad sean menores que los que aparecen en ficha técnica.
Debe tener claras las medidas de ancho/perfil/diámetro; así como el índice de carga y el código de velocidad.
Con ellos se realizará un informe de conformidad, que junto con el certificado de taller le servirá para poder pasar la ITV.
Las llantas se necesitarán homologar cuando el ancho de las mismas sea diferente al de las originales, lo que modificará a su vez los anchos de vías del vehículo, característica que de variar debe ser homologada.
Sin embargo, es normal que las ITV’s apliquen una tolerancia para medir el ancho de vías, soliendo ser esta de 3 centímetros, por lo que si el ancho se ha incrementado menos de esta distancia, lo usual es que no se necesite de homologación.
De cualquier forma, recomendamos a los clientes que contacten con nosotros o con la propia ITV en caso de que se dé esta circunstancia.
El ancho de vías de un vehículo es la distancia que hay entre los centros de los neumáticos de cada eje.
Sí. Las llantas deben ser “compatibles” en cuanto al ancho y al diámetro de los neumáticos.
El diámetro de la llanta debe coincidir con el del neumático, y el ancho de ambos debe ser el adecuado.
Debe tener claros el diámetro y el ancho de las mismas.
Con ellos se realizará un informe de conformidad, en su caso, que junto con el certificado de taller le servirá para poder pasar la ITV.
Hay que homologar estas piezas debido a que su instalación se considera como reforma del automóvil, además de implicar un aumento del ancho de vías del vehículo.
Sólo se podrán homologar separadores de doble centrado y/o doble fijación.
Debe tener claro la marca, referencia, espesor y nuevos anchos de vías del vehículo.
Con ellos se realizará un informe de conformidad, que junto con el certificado de taller le servirá para poder pasar la ITV.



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