Para poder homologar un vehículo como “vehículo histórico” debe cumplir dos condiciones.
- Debe de tener como mínimo 25 años de antigüedad.
- Todas las piezas instaladas en el vehículo deben de ser las originales.(Exceptuando elementos que puedan haberse desgastado)
Para que un vehículo sea considerado como histórico, todas las piezas que lo componen deberán haber sido fabricadas en el periodo normal de producción, exceptuando los elementos sujetos al desgaste que hayan sido sustituidos con posterioridad por reproducciones o piezas equivalentes, que deberán estar debidamente identificadas.
Si hubiera habido modificaciones en la estructura o componentes, la consideración de vehículo histórico se determinará en el momento de su catalogación.

En todo caso, deberán cumplirse las limitaciones que figuren en su tarjeta de inspección técnica y permiso de circulación.
Las inspecciones técnicas periódicas de los vehículos matriculados como históricos se efectuarán con la frecuencia que señale el régimen general de inspección técnica de vehículos, salvo que el laboratorio oficial en su informe indique otro periodo.
Los vehículos históricos que no sean capaces de superar la velocidad de 40 Km/h. circularán por el arcén, si fuera practicable y suficiente, o, lo mas próximos posible al exterior derecho de la calzada, excepto cuando vayan a efectuar un adelantamiento o giro a la izquierda. Los vehículos históricos no circularán por autopista ni autovía si no alcanzan, como mínimo, la velocidad de 60 Km/h.
Igualmente la Dirección General de Tráfico podrá prohibir en determinadas fechas y vías, la circulación de los que no sean capaces de superar la velocidad de 80 kilómetros por hora.
Aquellos vehículos que, por su antigüedad o características constructivas, no dispongan de los sistemas de alumbrado y señalización óptica exigidos por la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, no podrán circular entre la puesta y la salida del sol, ni en circunstancias que haga necesario el empleo de tales sistemas.
http://www.boe.es/boe/dias/1995/08/09/pdfs/A24645-24648.pdf
¿Es posible catalogar como histórico mi vehículo? ¿Qué ventajas tiene? ¿Y limitaciones?
La ventaja fundamental de la declaración de histórico es que las Inspecciones Técnicas se acomodan a las características particulares del vehículo, tanto en lo que se refiere a las pruebas que tiene que pasar (frenómetro, gases, ruidos, etc...) como a su periodicidad (generalmente se convierten en inspecciones cada 4 años).
Todos los vehículos quedan exentos de las instalaciones que no tuviesen en origen (cinturones de seguridad, espejos retrovisores, intermitentes, luz de freno, etc.) Por otro lado, el período entre inspecciones puede llegar hasta los 5 años máximo.
Además, una buena parte de los ayuntamientos eximen del pago del impuesto de circulación y las compañías de seguros ofrecen productos muy económicos para estos vehículos (muchas veces con un máximo de kilómetros al año que no suelen hacerse).
¿El carácter de histórico lleva pareja alguna limitación?
Las posibles limitaciones del vehículo son las derivadas de sus características técnicas. Por el hecho de obtener la catalogación de histórico no sobreviene ninguna limitación añadida.
El Vehículo está matriculado en España. Al hacerlo histórico, ¿perdería la matrícula original?
Si el vehículo está o ha estado matriculado en España, se puede conservar o rescatar la matrícula original. En el permiso de circulación que emitirá Tráfico constarán la matrícula original y la que se asigne como vehículo histórico y éste podrá circular indistintamente con cualquiera de ellas.
¿Es posible matricular como histórico un vehículo del que no existe documentación?
Si el vehículo es original es posible documentarlo completamente (Tarjeta de Inspección Técnica y Permiso de Circulación) como vehículo histórico; incluso aunque no se conozca su número de identificación.
Para esto se ha de justificar la propiedad del vehículo bien con un contrato de compraventa del mismo o bien con un acta jugara ante notario.
¿Se pueden matricular como históricas las motos? ¿Y los camiones o autobuses?
Cualquier vehículo que cumpla los supuestos que prevé la ley (básicamente un mínimo de 25 años de antigüedad) puede ser declarado histórico.
¿Cuánto tiempo es necesario para completar todos los trámites?
El trámite tiene dos fases: la primera es la parte de los técnicos y del club y la segunda parte la de la Administración (siendo esta donde mas se demora el proceso).
El tiempo suele estar entre 4 y 6 semanas dependiendo de la administración. (Aunque hay casos en que se tarda mas de 5 meses, puesto que muchas veces las administraciones son reacias a firmar documentaciones de vehículos históricos de otras comunidades).
