
Los cambios en la carrocería exterior implican el desarrollo de proyecto técnico, haciendo referencia a la reforma 8.52. Son las reformas más habituales en el sector del tuning, ya que se trata de realizar una personalización de la carrocería.
También se efectúan de forma habitual este tipo de reformas en los vehículos 4x4. Adaptación de paragolpes delanteros, para que tenga cabida el cabestrante, o montaje de estriberas.
Las dimensiones del vehículo que nos hacen falta para su posterior homologación son las que hayan sido modificadas tras la reforma, por ejemplo, en el caso de que se quiera homologar paragolpes, será necesario medir la longitud del vehículo para comprobar si ha sufrido variación.
Es fundamental asegurarnos de que no queden aristas vivas ni filos cortantes una vez realizada la reforma. No se puede realizar la homologaciónn de paragolpes delanteros o faldones que presenten un saliente en la parte inferior tales como el clásico “rompe tobillos” o “quitanieves”.
La instalación o modificación de un paragolpes o defensa delantera requiere de su homologación. Para ello, debe cumplir que:
- No sobrepase el ancho del vehículo y el conjunto del paragolpes tendrá que cubrir el ancho de vías.
- No puede impedir ni reducir la refrigeración del motor, ni influir en la distorsión del haz de luz de los faros.
El paragolpes trasero también cubrirá el ancho de vías del vehículo, sin sobrepasar el ancho total del mismo, además en preparaciones de 4x4 hay que tener en cuenta que la altura máxima de la pieza al suelo no será superior a 55cm. En caso contrario se debe instalar una barra anti-empotramiento a esta altura.
Los paragolpes pueden ser una pieza o kit de un fabricante concreto o pueden ser de fabricación artesanal. También podemos utilizar el propio paragolpes o faldón original, al cual le pueden añadir elementos de fibra para conseguir una estética más deportiva.
Con la nueva normativa ya no se pueden homologar defensas metálicas (sobre los paragolpes de los 4x4) que no hayan sido fabricadas y montadas antes de Mayo del 2.007. Ahora bien, siempre se puede sustituir el paragolpes original por otro, aunque este último sea metálico (cumpliendo el resto de normativas).

La parte inferior del paragolpes no podrá sobresalir de la parte central del mismo.
Como norma fundamental para homologar alerones debemos saber que:
- No deben tener aristas vivas ni salientes.
- No pueden ser metálicos.
- No deben de sobresalir de las cotas máximas del vehículo en anchura y longitud.
Es necesario indicar el modo de fijación, nº de tornillos y la medida de los mismos.
La normativa sobre faros prohíbe que se cubran total o parcialmente y/o se tinten.
A pesar de esto de cara a ir a la ITV te pueden suceder 2 cosas:
Si te miden la intensidad de luz de los focos y el valor es correcto, puede que no se molesten por las cejillas, pestañas, ...
Sin medir la intensidad de luz, te dicen que no está permitido.
Este tipo de elementos, sean cejillas, mascaras, alargadores de capo... no están permitidos en ningún caso en que tapen los focos lo más mínimo y por lo tanto NO se pueden homologar.
Las máscaras que no tapan los focos, no suelen tener problemas. De hecho en la normativa de salientes exteriores se contemplan como válidas si no exceden en 3 cm del faro.
Los tintes que se usan en algunos faros tampoco están permitidos; a excepción de los focos que sean tintados de fábrica y lleven contraseña de homologación europea serigrafiada.

Los vehículos deben tener aletines que pueden formar parte de la carrocería o estar instalados como pieza a parte (aletines).
Su misión es proteger de las proyecciones y reducir el riesgo de contacto con las ruedas en movimiento
Las condiciones que debe cumplir esta pieza son:
-La anchura del aletín debe ser suficiente para cubrir la anchura total del vehículo.
-La zona situada 15cm por encima del eje de la rueda trasera siempre deberá quedar cubierta.

-Los aletines de las ruedas delanteras tienen que cubrir un ángulo de 30º hacia delante desde la vertical por el centro de la rueda, y otro de 50 º hacia atrás.

-La distancia entre el limite exterior del neumático y el aletín no debe ser mayor que el radio de la rueda.
Estos componentes se podrán homologar siempre que cumplan la normativa.
La instalación de taloneras es muy similar a la de defensas, no deberán de presentar aristas vivas, deberán de presentar una superficie plana de apoyo y no podrán estar a una altura superior a los 55 cm del suelo.
No podrán sobresalir del ancho del vehículo. Se recomienda usar los anclajes originales del chasis para su instalación, aunque podemos utilizar sujeciones adicionales.
Es necesario indicarnos el modo de fijación, si es mediante tornillos nos debes indicar el número de ellos y su medida.

Será posible homologar estas reformas en algunos casos:
-Eliminar manillas de portón trasero con el correspondiente mecanismo interior de apertura.
-Eliminar las cerraduras de las puertas siempre y cuando se conserve el mecanismo interior de apertura y las manillas interiores, y a su vez exista un mecanismo alternativo exterior de apertura.
En muchas ocasiones nos encontramos con clientes que no han pasado la ITV porque llevan instalado un simple spoiler inferior delantero o trasero, un espadín o un difusor en el paragolpes trasero.

Es cierto que no se llega a sustituir o modificar de forma sustancial el paragolpes pero al añadir un elemento a la carrocería por pequeño o insignificante que sea se requiere de homologación para pasar la ITV y no tener problemas de multas.
Se trata de una homologación sencilla ya que no afecta de forma significativa a la tara o dimensiones del vehículo.
Para su homologación se requiere de un Certificado Final de Obra, Proyecto técnico, Informe de conformidad de un laboratorio y un Certificado de montaje del taller instalador. Los tres primeros documentos te los aportamos nosotros y para el certificado de montaje simplemente tendrás que acercarte al taller que te instaló las piezas para que te lo firme. Incluso el certificado de montaje te lo podemos redactar a falta de firma y sello del taller conforme a la nueva normativa.

Se podrán homologar las tomas de aire y añadidos sobre capó siempre y cuando:
- No se corten los nervios o refuerzos del mismo
